Artículo 47 de la Constitucion Española (Vivienda). 404 Not Found.
El artículo 47 de la Constitución Española dice lo siguiente:
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Lo bueno viene ahora; buscando en Google he puesto:
http://www.google.es/search?hl=es&q=articulo+47+constitucion+congreso
Pues al pinchar en primer enlace que sale que es de página del Congreso para leerlo, ocurre esto:
Oracle-Application-Server-10g/10.1.2.0.2 Oracle-HTTP-Server Server at www.congreso.es Port 80
ME LO TEMÍA.
2 comentarios:
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Lo bueno viene ahora; buscando en Google he puesto:
http://www.google.es/search?hl=es&q=articulo+47+constitucion+congreso
Pues al pinchar en primer enlace que sale que es de página del Congreso para leerlo, ocurre esto:
Not Found
The requested URL /funciones/constitucion/titulo_1_cap_3.htm was not found on this server.
Oracle-Application-Server-10g/10.1.2.0.2 Oracle-HTTP-Server Server at www.congreso.es Port 80
ME LO TEMÍA.
Siempre he sospechado que Google lo sabía todo... hasta las verdades de este país nuestro. ;-)
envíado por GloMaYol el 05 abril, 2008 14:49 Enlace a este comentario.