Un Librepensador

Vive y deja vivir en libertad, igualdad y fraternidad.

 

Artículo 47 de la Constitucion Española (Vivienda). 404 Not Found. 


El artículo 47 de la Constitución Española dice lo siguiente:

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Lo bueno viene ahora; buscando en Google he puesto:
http://www.google.es/search?hl=es&q=articulo+47+constitucion+congreso

Pues al pinchar en primer enlace que sale que es de página del Congreso para leerlo, ocurre esto:

Not Found

The requested URL /funciones/constitucion/titulo_1_cap_3.htm was not found on this server.


Oracle-Application-Server-10g/10.1.2.0.2 Oracle-HTTP-Server Server at www.congreso.es Port 80



ME LO TEMÍA.

2 comentarios:
Hola.
¡Buenos días!

envíado por Blogger Almatina el 03 abril, 2008 11:22  Enlace a este comentario.
 
Siempre he sospechado que Google lo sabía todo... hasta las verdades de este país nuestro. ;-)

envíado por Blogger GloMaYol el 05 abril, 2008 14:49  Enlace a este comentario.
 
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